DE JUSTICIA NACIONAL 703 | La declaracion de Don Francisco Molero, sócio de la casa de e
D. Bernardo Delfino y Cs, (f, 252 4253), en que se ratifica de lo Ñ
que tiene declarado en el testimonio de f. 176, espresando en ella | haber sido sócio de Bernardo Delfino y C" y constarle, que esta sociedad recibió encargo por carta de Garbino, de comprar por él la sal que espresa el boleto de f. 3 que se le había puesto de manifiesto, lo que sucedió poco antes del contrato; que al hacer :
la compra se les manifestó á Cassanello y C° que la sal la compraba por cuenta de Garbino, habiendo intervenido personalmente él (el declarante) en la compra; que por un olvido no se puso en el contrato que era por enenta de Garbino, á quien se :
comunicó inmediatamente la compra hecha por su cuenta á la casa de Cassanello y C°: y que Garbino contestó aprobando el contrato celebrado con aquella casa; pero que no recordaba que el boleto se hubiese formalizado antes 6 despues del aviso y " contestacion de Garbino.
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Que siendo estas las pruebas del demandante con referencia al hecho que nos ocupa, vienen á ser completas; tanto porque aun lo espuesto en la declaracion de f. 4 aparece apoyado por la carta presentada por Garbino, que traducida corre á foja 133; cuanto porque la declaracion de Bolero siendo de testigo necesario y en conformidad con la declaracion del testigo Gowland, pre- A sentado por Garbino, viene á formar una conviecion perfecta y una A prueba completa y plena de que la sal fué comprada para Garbino, conforme á lo que determina la ley 8°, título 14, Partida 3", con respecto álo declarado por dos testigos contestes, que por razon de su persona 6 de sus dichos no se pueden desechar, 4
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Que planteada la cuestion, en esta forma, como ha debido
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:703
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