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Fallos: 23:25 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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ser satisfechas en el órden que se hubiesen causado y las comunes por mitad. Satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse los autos.

2. B. GOROSTIAGA. — 3. DOMINGUEZ, — 0. LEGUIZAMUN. — ULADISLAO FRIAS.

— 8. M, LASPIER.

E

CAUSA VII
D. Marcos Molfino contra D. Santiago Luro y Massurell hijos por daños y perjuicios; sobre sustanciación de la enusa.

Sumario. — 1° Todo juicio en el que no haya hechos controvertidos queda sustanciado con un solo traslado.

2 Pendiendo un incidente ante la Suprema Córte, esta puede resolver lo principal, si todas las partes lo pidieren, Caso. — El capitan Don Marcos Molfino de la goleta italiana «Eva», mientras descargaba en la Laguna de los Padres mercaderías conducidas por cuenta y órden de Don Santiago Luro,

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-25

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