en autos, y del 19 de f. 4, y le dice : que apurando á los compradores de esta plaza para conocer sus mejores precios ha logrado que uno le diga, que le pagará por una cantidad fija de dos 4 tres mil arrobas de Jana buena de la cosecha, inclusa la corta, veinte y seis reales efertivos, y que nún ha recabado la declaracion terminante de que si se decidiese á vender ese lote autorizándole para la venta, podría pagar algo mas; pero que ese algo nole quieren ofrecer, si no estádispuesto ú dar sus instrucciones, porque no quieren Ojar su último precio para que otros se aprovechen de él ».
5" En ol mismo día 20 de Diciembre, contestando Ocantos la del 19 de Gayoso, al darse por informado de la contestacion negativa de A. Pedernera y Cia. respecto del negocio de lanas propuesto, le añade: « Que tomando en cuenta sus indicaciones hácia la barraca compradora de las 40 bolsas, venderia (res mil arrobas de lana de la presente cosecha en condiciones de plaza y al último precio de 27 reales efectivo, puestas en la barraca de quien fuese el comprador en esta cindad: que el término para la entrega seria hasta el 20 del próximo Enero. Que no vendería por menos precio, y que solo lo haría por medio de un contrato.» 6" En virtud de esta carta, al día subsiguiente en 22 de Diciembre, Gayoso le avisa por telégrafo: « Que vendió sus 4 mil arrobas de lana 4 27 reales, conforme á su carta del 20, agregando las condiciones de plaza de libre de abrojos, espinas, ardida, súcía y negra ; que puede empezar las remesas y que lo telegrafie acusándole recibo. » T En 23 del mismo, es decir al día siguiente, Ocantos le contesta por telegrama: « Yo no ordoné 4 Vd, venta, sino proponer me ofrescan mayor precio. Vea si consigue del comprador un real mas. Negocio consumado conteste », 8" Contéstole Gayoso en la misma fecha y por la misma vía:
« A pesar de su derecho, comprador queriendo cumplir compro
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:234 
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