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Fallos: 229:713 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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.. FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 9 de setiembre de 1954, Vistos los autos: "Filomena, Elio S. R. L. s/ denuncia incumplimiento deeretos-leyes Nos, 31.665/44 y 33.302/45, art. 48", en los que a fs: 122 se ha concedido el recurso extraordinario, Considerando :

Que estú en tela de juicio la inteligencia del deeretoley 31.665/44 por el cual se instituye el régimen de previsión para el personal del comercio, las actividades afines y las civiles (art. 1"). Como se trata de una norma federal y la decisión recurrida es contraria al derecho que el recurrente invoca al amparo de ella, el recurso extraordinario fué bien concedido, Que el Instituto Nacional de Previsión Social ha resuelto declarar comprendido en el régimen del deeretoley citado al personal de la empresa "Elio Filomena S. R. L." ocupado en tareas de clasificación, empaque y expedición de frutas, realizadas en el establecimiento agrícola de la sociedad, donde están las plantaciones cuya producción da lugar a esos trabajos.

Que los numerosos y diversos regímenes de asistencia establecidos en el país en atención a las particularidades de cada una de las actividades comprendidas en ellos tienen un común propósito de justicia. En consecuencia, ninguno de ellos puede interpretarse con fidelidad y sentido orgánico de la unidad social, si se prescinde de la estructura legal dada a otras clases de trabajos con las que dicho régimen pueda tener alguna relación.

Que en este caso debe considerarse la relación del

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:713 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-713

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