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Fallos: 229:223 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO Civil Y COMERCIAL
EsPeciaL Buenos Aires, 4 de agosto de 1953.

Y Vistos: para sentencia los de la causa promovida por — ° la Cía. Swift de La Plata, S. A. Frigorífica c./ la Nación 8./ repetición; y Resultando :

a) Que a fs. 11, la actora reclama devolución de $ 5.975,50 m/n.; exige intereses desde la notificación de la demanda; pide costas. Dice: 1) que por decreto 121,742, fe.

cha 3 de junio de 1942, se dispuso que los importadores de carbón mineral pagaran como sobreprecio $ 5 por tonelada; 2) que en dulio y agosto de ese año vendió s la Royal Mai Lines Limited, ca para des taeos que cta te Ma ! 1 referido — 3 e e VE OL.

zada a pagar el so! o que econ cial DE AAA pero com! agio ratando los de primera neemidad, no prevé ni aut" riza la tasa; el decreto, en consecuencia, se ha dictado violan doel art. 66, inc. 2, de la Const. Nac.; 5) que, además, como digrata de un impreso ertado por decreto, ha viciado tam.

bién los arta. 4, 17 y 67 de la Carta Fundamental; 6) que también se ha lesionado el principio de igualdad del art. 16, al obligar a los importadores de carbón a pagar un tributo para costear gastos que, su naturaleza, deben ser soportados por a comunidad; 7) que, por fin también ve ha ifriido la cláusula fundamental del art. 31, al crear un impuesto repugnante a tratados con naciones extranjeras.

b) Que, a fs. 38, la demandada pide se rechace la acción, con costas.

Dice: 1) que niega los hechos que no están acreditados en la actuación administrativa que corre por cuerda; 2) que la implantación del sobreprecio está dentro de las finalidades E e SÉ : qt — tado y ; ue el no es un cia Eder palta e Eo lO darlo al comprador; 4) que no se afecta el principio de igualdad, pues el sobreprecio se aplica idénticamente a todos los vendedores; 5) que no lesiona las cláusulas de tratados inter

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:223 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-223

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