construcciones existentes, que divide en 24 apartados, y en el punto 5, aprecia el costo de las construcciones a efectuar para sustituir a las existentes en 16 apartados, precios todos que en definitiva se pide sean fijados en°más o menos por peritos.
Pide se le indemnice el luero cesante, y resumiendo lenta el valor del terreno en $ 208.435,76 m/n.; el costo de traslado de —.
las construcciones existentes en $ 12.075,85 m/n.; el costo de las construcciones a efectuar en restitución de las existentes y otras que motiva la expropiación en $ 147.556 m/n.; el luero ce.
sante en $ 261.175 m/n, lo que hace un total de $ 629.242,61 aa. sita e es snieee ctimpiva, ya que la va se por peritos, itros o por el juzgudor.
Declara que es la titular del dominio, que th en polera inmueble y que no existen terceros con derechos reales o personales sobre el mismo, y que no adeuda impuestos. Ofrece la prueba de 5e va a valer, y finalmente solicita, sc la tenga por allanada e la demanda de exproplanón a a enga consignación en pago efectuada por la actora, y se le condene a pagar la suma de $ 629.242,61 o la que en más o 1 menos resulte fijada por peritos o por el juez. Pide intereses y costas.
Considerando : ! I. Con la copia del testimonio del título de propiedad, que corre a fs. 159/64 y la aceptación por parte de la actora de la invocación de propiedad de la demandada, se tiene por probado que la Sociedad Anónima "Establecimientos Klockner 5. A. Industrial Argentina" es la titular del dominio de la fracción que se expropia que tiene 162,30 m, en su frente sobre la cale Ricardo Gutiérrez; 163,64 m, en su contrafrente a la citada calle; 13,65 m. en su frente a la calle Empedrado y :
14,65 m. de frente a la calle General Rivas, con una superficie total de 1.955,64 m2, que le corresponde a la demandada por compra en mayor extensión a la Sociedad Crittall Manufactu.
ring Company Limited (South America) Sociedad Anónima —° Industrial, según el testimonio citado.
If. Valor del terreno: Para una ordenación adecuada, es necesario fijar el valor de la expropiación, descomponióndola en los distintos rubros que comprende, Y empezando een: ervo oportuno señalar, que la demandada lo fija en $ 86,66 m/n. el m7, lo que hace un total de $ 169.475,76 m/n. El perito de la actora —fs, 145—, lo tasa a $ 30 el mi con un total de $ 58.669,20; el de la demandada $ 93,60 el m3, lo que da $ 183.046,03 —fs. 146—; el perito tercero, tasa a
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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:731 
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