REVISACION DE EXPEDIENTES — COPIAS DE
EXHORTOS, OFICIOS Y COMUNICACIONES
En Buenos Aires, a los 15 días del mes de marzo del año 1954, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el Sr. Ministro Decano de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. D, Tomás D, Casares y los Sres. Ministros Dres, D. Felipe Santiago Pérez, D, Atilio Pessagno y D. Luis R. Longhi, y con asistencia del Sr. Procurador General de la Nación, Dr. D. Carlos G. Delfino, Considerando :
Que es conveniente ampliar las disposiciones del Reglamento para la Justicia Nacional con el objeto de concordarlo con las reformas introducidas en el procedimiento Civil y Comereial por la ley 14.237, :
Resolvieron :
1) Modifícase el art. 63, ine, a), del Reglamento para la Testi Main la E forma: podecadón "Ine. a) partes, sus al representantes legales y los peritos designados en el juicio. También Dodrán liacerla Jae mermar autorizadas delifomente que Jos abogados y procuradores, y por los representantes de la Nación, de las provincias, de las municipalidades y de las reparticiones antárquieas°', 2) Agrégase el artículo siguiente:
54 bis) De todo exhorto, oficio 0 comunicación que se libre en los Tribunales Nacionales se dejará copia carbónica en las actuaciones respectivas, sin perjuicio del cumplimiento de lo dente en los arts. 105 y 136, ine. ?, del Reglamento para la Justicia Nacional.
1 Todo de qual diereeros y menderqs, erdenando ae comu:
nicase y registrase en el li iente, por ant que doy fe. — Tomás D. CT SantIAco Pérez. — Aro Pessaaxo. — Luis R. Lose, — Carros €, DerFiNO.
— Ante mi: Ricardo E. Rey (Secretario).
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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:47
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