DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 137
CARLOS MANUEL LABORDE v, JOAQUIN DOMENECH
RECURSO DE REPOSICIÓN.
No hay recurso de reposición contra las sentencias de la Corte Suprema, RECURSO EXTRAORDINARIO : Requisitos propios, Curstiones uo federales, Interpretación de normas y actas comunes, Sin perjuicio de su "especialidad" el derecho laboral in- E tegra el derecho común a que se refiere la primera parte dea: Se. 11, de la Constitución, y la relación en que todas sus disposiciones se hallan con la enunciación de los derechos del trabajador que contiene el art. 37 de la Constitución Nacional no hace que la interpretación de sus preceptos dé lugar al recurso extraordinario. si In eonstiturionalidad te éstos no es puesta en cuestión, ni existe efec.
tiva y concreta relación "directa e inmediata" entre m.
tos determinados y precisos de dicha enunciación y la inte.
ligencia dada a las normas Jaborales en la sentencia que es y objeto del recurso extraordinario 0). | JULIO ZUCATTE Y OTROS yv, SOCIEDAD ANONIMA |
MIXTA DE ACEROS ESPECIALES ]
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comnes, Subvistencia :
de los requísitos, | El emvenio sobre la forma de paro de las sumas a que la demandada fué condenada en los juicios seguidos contra | ella, hecho sin reservas ni salvedades y acatando lisa y :
llanamente lo resuelto, y presentado en uno de los expe- E dientes, con posterioridad al recurso extraordinario inter- A puesto en los mixmos, importa desistimiento del recurso N aludido, Así debe deelarario la Corte Suprema aunque con ¡2 anterioridad y por no haber constancia en el juicio aerea Y de dicho convenio, habría admitido la procedencia formal | del reeurso, | 0) 2 de ortubre, Fallos: 215, 357 222, 117, . E U
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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:137
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-227/pagina-137
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