la responsabilidad de sus miembros dar las explicaciones generales puesto que examinamos una cuestión de orden constitucional, con el fin de que, en esta movilización de la voluntad ciudadana, nadie que tenga las obligaciones emergentes del hecho de formar parte de los poderes del Estado quede sin prestar su concurso — ° y sin ofr la opinión de los que sentimos la exigencia de exponerla.
Compartir
54Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1953, CSJN Fallos: 226:219
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-219
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 226 en el número: 219 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos