Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 226:170 de la CSJN Argentina - Año: 1953

Anterior ... | Siguiente ...

golpeando todos los días sobre la voluntad de cada argentino. Es la suma de dieciocho millones de voluntades puestas sobre los 880 objetivos del Plan, el gran secreto de su realización".

Por eso es que nos remmimos, exteriorizando nuestra firme voluntad de concurrir ala efectiva realización del Plan, examinándolo en lo que significa desde los diversos ángulos que presenta y concluyendo en la necesidad de convertirnos todos los días, todas las horns en paladines de su ejecución, en un movimiento individual y de conjunto que ponga de manifiesto el sentimiento hondo de solidaridad que nos embarga, seguros de que en ello va muestra justicia social, nuestra independencia económica y nuestra soberanía política.

Decir públicamente lo que se va a realizar en un periodo de cinco años respecto de cada una de las necesidades de la sociedad para su más pronta y mejor satisfacción y para la grandeza de la patria; disponer y efectuar la impresión de este programa de neción, dejando así constancia escrita del mismo que le da forma instromental perdurable, y difundir profusamente su contenido procurando su conocimiento por el pueblo, para que se cerciore de las realizaciones programadas e invitándole mediante constante prédica para que intervenga y participe activamente en su eumplimiento, significa, no sólo contraer ante el país y ante el mundo las obligaciones que allí se consignan en términos tan puntuales y eruditos, revelando en el hombre que así procede una sinecridad, una voluntad y una decisión enya reciedambre sólo el General Perón es capaz de afrontar y de cumplir, sino también señalar de manera inconfundible a un pueblo que se lo sabe consecuente y leal para con su líder, el rol que a él le toca desempeñar en esas realizaciones concebidas exclusivamente para

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

51

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1953, CSJN Fallos: 226:170 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-170

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 226 en el número: 170 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos