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Fallos: 221:623 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DAVID COLDMAN Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. lelación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de orden local y procesal.

Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia denegatoria del hábeas corpus, fundado en la violación de la defensa en juicio —proveniente de la doble circunstancia de la insuficiencia de los elementos de prueba de la audiencia administrativa de los apelantes y de las deficiencias :'°] trámite impreso al juicio, en cuanto no se dispuso la investigación pedida en el mismo— pues lo referente a la existencia de prueba suficiente de los extremos mu sentencia recurrida declara justificados, es punto de y de derecho procesal, ajeno al mencionado recurso, e igual earácter tiene lo relativo a la determinación de don imedios probatorios pertinentes a la naturaleza y circunstancias de la causa,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de diciembre de 1951.

Vistos los autos: "Coldman David, Kiczkovsky Samuel, Prusman Aarón, Barral Fernando Miguel, Privudich Natalio, Doallo Enrique — habeas corpus", en los que a fs. 50 se ha concedido el recurso extraordinario.

Y considerando:

Que el reeurso extraordinario deducido a fs. 45 contra la sentencia denegatoria del habeas corpus de fs. 39, se funda en la violación de la defensa en juicio que provendría de la doble circunstancia de la insuficiencia de los elementos de prueba de la audiencia administrativa de los recurrentes y de las deficiencias del trámite impreso al juicio, en cuanto no se dispuso la investigación pedida en el mismo.

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:623 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-623

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