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Fallos: 221:292 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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Corte Suprema el recurso de nulidad ni existir mérito para declararla de oficio, se lo desestima y se confirma en tadas sus partes la sentencia apelada de fs, 239, con costas en esta instancia.

RonoLro G. VALENZUELA — Tomás D, Casares — FeLiPe SanTIAGO Pérez — AtiLIO Pessaoxo.


VICTORIO CERRUTTI v. MANUEL CERRUTI
—SUCESION— RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propior. Relación divecta. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de orden común.

Es improcedente, por falta de relación directa, el recurso extraordinario basado en la violación de la defensa en juicio, que provendría de haberse omitido en segunda instancia otorgar intervención al Ministerio pupilar, en los términos del art. 59 del Cód. Civil; pues el punto referente asi la representación de los hijos menores por sus padres debe ser necesariamente completada por la intervención del Ministerio de Menores, es cuestión a decidirse por interpretación de normas comunes y, por lo demás, ha sido objeto de distintas soluciones.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varios.

Puesto que la exclusión del inventario de valores colacionables no importe premindir de ellos a los fines de la partición en los t nos del art. 3469 del Código Civil, la resolución que la ordena no causa agravio de imposible reparación en las instancias ordinarias y no es susceptible de recurso extraordinario,

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:292 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-292

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