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Fallos: 219:80 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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LL FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de marzo de 1951.

Vistos los autos: °Huenchuman Turenna Efraín 5.| homicidio y robo", en los que a fs. 229 esta Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de apelación, Considerando :

Que el procesado Efraín Huenchuman ha confesado en su indagatoria de fs, 47, ser el autor de la muerte de Daniel Aravena, encargado del puesto "El Teléfono" de la estancia °°Bella Vista", en el Territorio de Santa Cruz, añadiendo que lo hizo repeliendo una agresión de la víctima y que luego de ello se apoderó de algunos efectos de Aravena para venderlos. La sentencia apelada de fs, 194, impone al procesado la pena de prisión perpetua por aplicación de los arts. 80, incs.

2 y 3, y 164 del Código Penal, y la Defensa ante esta Corte Suprema (fs. 240), da por reproducida la que se produjera a fs. 186 en segunda instancia, reconociendo, dice, "que nada más me es posible agregar en beneficio de Huenchuman"', y pidiendo se resuelva "lo que en justicia corresponda", Que los argumentos aducidos por la defensa a fs.

186/89, que integramente se dan por reproducidos en esta instancia, han sido oportuna y legalmente examinados con detención en la sentencia apelada de fs. 194, que los desestimó por las razones de hecho y de derecho que ella hace valer; de modo que la aludida reproducción de aquella defensa, trae n consideración de esta Corte Suprema, las mismas cuestiones ya analizadas y decididas en el fallo,

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:80 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-80

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