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Fallos: 219:498 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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Por lo que resulta de la votación que antecede, se confirma la sentencia apelada de fs, 56 desestima la demanda interpuesta por D. José Eugenio Grilfi contra la Nación sobre aumento de jubilación, con las costas de ambas instancias en el orden causado, atenta la ..-turaleza de la cuestión planteada.

— Merimiliano Consoli — Abelardo Jorge Montiel — Romeo Pernando Cámera.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de mayo de 1951.

Vistos los autos: "Griffi, José Engenio c.| Gobierno de la Nación s.| modificación de jubilación", en los que a fe. 78 se ha concedido el recurso ordinario de apelación.

Considerando:

Que, según la jurisprudencia de esta Corte Suprema, a los efectos de la procedencia del recurso ordinario de apelación en tercera instancia en las causas en que la Nación es parte corresponde al recurrente determinar el monto de la suma en que pretende se modifique la sentencia apelada, debiendo resultar de lo actuado que el monto exceda el límite legal de cinco mil pesos moneda nacional (Fallos: 211, 19; 212, 249; Varela, Celia Martínez de v.| Gobierno de la Nación s.| pensión militar, sentencia del 18 de diciembre ppdo.).

Que se ha resuelto, asimismo, que tratándose del cobro de haberes, es la suma reclamada en la demanda la que establece el monto del pleito (Fallos: 187, 654; 191, 174; 204, 230 y sentencia citada en último término en el considerando precedente).

Que ni en los autos principales ni en los expedientes administrativos agregados por cuerda aparecen cumplidos los requisitos mencionados anteriormente.

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:498 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-498

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