BANCO DE LA NACION y. "INVERNADAS
SAN SEBASTIAN" S. A.
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.
Si bien por disposición del art, 14 de la ley 12.636 —sobre colonización nacional— el valor de los inmuebles que se expropien en cumplimiento de la misma, debe establecerse principalmente sobre la base de su productividad durante los últimos diez años, como lo que decisivamente importa en los juicios de esta especie es que la indemnización sea justa, los jueees no están impedidos de confrontar las conelusiones periciales obtenidas de ese modo con otros elementos de juicio serios, coneretos y objetivos a los que sean ajenos los faetores de mera especulación —que son los que el precepto legal mencionado se ha propuesto eliminar— cenando existen discrepancias entre los mismos técnicos en esa determinación indirecta del valor, EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.
Resultando sensiblemente dispares las conclusiones a que llegan, en lo referente al valor del eampo expropiado, cada uno de los tres peritos que se expiden en autos y el Tribunal de Tasaciones, corren atenerse a la compra hecha por el mismo Baneo de la Nación expropiante —en fecha anterior en mocos meses a la de la toma de posesión en este juicio, y también en cumplimiento de la ley E de un .—— po Jas E apo del ahora expropiado, que no le es inferior bajo ni n concepto; no pudiendo fijarse con equidad un precio promedio incluídas todas las mejoras inferior al que _ el Estado expropiante en aquel caso, no tenido en cuenta por el Tribunal de Tasaciones.
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Otros daños.
Tratándose de la expropiación de un campo, debe indemnizarse a su propietario por las labores agrícolas realizadas EXPROPIACIÓN: Indemnización. Otros daños. Siendo consecuencia de la expropiación de un campo el pago de salarios resultante del despido del personal que
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:160
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