ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES
CORTE SUPREMA.
No compete a la Corte Suprema tomar intervención alguna, ni originariamente ni por vía de superintendencia, con motivo de los hechos ocurridos en perjuicio de los abogados defensores en una comisaría seccional de la Capital y en la Sección Especial de Investigaciones de la Policía Federal, según los denunciantes; por lo que corresponde desestimar el pedido formulado por la Asociación de Abogados en el sentido de que se adopten medidas para evitar la repetición de hechos como los denunciados y se garantice la labor de la defensa letrada (1).
MARIA A. ARANOVICH DE CUSCHNIR :
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales, | Es procedente el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que interpreta el art. 3", ines. e) y d) del decreto-ley n" 23.682/44 y el art. 20 de la ley 12.988, en forma adversa a la sustentada por el recurrente. S RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Varios.
Lo relativo a la existencia de la "relación de dependencia permanente" con el empleador exigida por el art, 20 de la ley 12.988, no constituye una mera cuestión de hecho, respecto a la cual haya de estarse a las conclusiones ho de la sentencia apelada, cuando éstas no se fundan en el examen de la prueba sino en la interpretación de un pasaje del mencionado precepto legal.
JUBILACION DE EMPLEADOS DE COMPAÑIAS DE SEGU-
ROS, CAPITALIZACION Y AHORRO.
El abogado a sueldo mensual predeterminado de una compañía de seguros, que no desempeñaba su trabajo en y 1) 20 de julio,
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:529
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