de fs. 27, 29 vta., 32, 34, 36 vta., y 37; acta de reconstrucción de fs. 50 vta.; partida de defunción de fs. 56; informe médico de fs, 59 vta, e indagatoria de fs. 15 vta., ratificada a fs. 92, en que Wagner confiesa con lujo de detalles los sucesos anteriores, concomitantes y posteriores al hecho en examen, así como los móviles que lo impulsaron al delito.
Contra lo solicitado por el Ministerio Público en la requisitoria de fs. 110 y expresión de agravios de fs.
141, que considera al reo incurso en el delito de homicidio calificado previsto y penado por el art, 80 ine. 2? y 3" del Código Penal, la sentencia apelada encuadra su acción en las previsiones del art, 165 del mismo cuerpo legal, y en su virtud lo condena a la pena de dieciocho años de prisión, accesorias legales y costas.
Del relato confesorio del acusado, único elemento que permite determinar la exacta calificación legal del "subite", y en especial de los pasajes en que expresa:
°... que tenía como objeto robar al conductor del vehíenlo, a quien no conocía..." y "°... que no pensó llegar al homicidio, el que fué una consecuencia imprevista...", se infiere que la muerte de la víctima fué sólo un resultado eventual o instantáneo no querido originariamente por su autor, extremos estos que me inclinan a compartir el criterio sostenido en el fallo reeurrido, y a descartar la calificación sustentada a fs.
110 y 141.
Por las razones expuestas, considerando equitativa la pena a que ha sido condenado el prevenido y ajustada a derecho la preseripción de la acción penal, en cuanto a los delitos a que se refiere la cansa agregada por cuerda separada, solicito que V. E, confirme en todas sus partes la sentencia apelada de fs. 147. Buenos Aires, mayo 11 de 1949, — Carlos G, Delfino.
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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:264
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