Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 215:474 de la CSJN Argentina - Año: 1949

Anterior ... | Siguiente ...

contradicción que se atribuye a la información producida a fs, 63 de estos autos respecto de la que corre a fs. 116 de la causa "Pirquitas, Picchetti y Cía., S. A., L Internos 3028-1-43", agregada sin acumular, en cuanto a la condición nacional, provincial o particular del camino que corre desde Ciénago Grande a Pirquitas.

Buenos Aires, diciembre 28 de 1948, — Carlos G. Delfino.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

A fs. 134[135 de su alegato la parte actora denunció la existencia de una contradicción entre el informe que la Dirección Provincial de Vialidad de Jujuy sumi nistrara a V. E. a fs. 63 de estos autos y el que la misma repartición proveyera al Juzgado Federal en lo Cri1.:inal y Correccional de la Capital a fs, 116 de los autos | caratulados "°Pirquitas, Picchetti y Cía. Soc. An., I. Internos 3028-1-43"', agregados por cuerda separada.

En efecto, mientras que por el primero y contestando la pregunta (fs. 62) de si el camino carretero desde Ciénago Grande a Pirquitas es nacional, provincial o particular, se hizo saber a V. E.- que "el camino corretero desde Ciénago Grande a Pirquitas, antiguamente era ruta nacional, habiendo luego pasado a ser provincial""; en el segundo, en cambio, se afirmaba: "El camino de Abra Pampa a Mina Pirquitas que se men ciona se divide en dos tramos: ... Segundo tramo: Ciénago Grande, pasando por Fundiciones, Ajedrez y Salitre, empalma con el camino Mina Pirquitas-Cochinoca Abra Pampa. Este tramo fué construído por la ""Sociedad Minera Pirquitas Picchetti y Cía", y librado al uso público por decreto w° 1.117-H de fecha 15 de febrero de 1938, dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia".

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

82

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1949, CSJN Fallos: 215:474 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-215/pagina-474

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 215 en el número: 474 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos