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Fallos: 212:28 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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Santa Fe, es el competente para conocer en la causa seguida contra Rudecindo Obispo Berón sobre defraudación a Silverio Margarito García. En consecuencia, remítansele los autos y hágase saber en la forma de estilo al Sr. Juez de 1° instancia en lo Criminal de Victoria, Provincia de Entre Ríos.

Tomás D. Casares — FeLirE $, Pérez — Lvis R. Loscur — Justo L. ALvanez Roprícvez — RonorLro G. VaLENZUELA.


JORGE JOSE HEITZMANN Y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Por el lugar.

Los conscriptos a cuyo respecto la justicia militar convee de los delitos de violación, hurto y falsificación deben ser juzgados por la justicia federal cuanto al delito de defraudación que cometieron al cobrar en la Oficina de C. y T. los giros substraídos.


DICTAMEN DEL Procurapor GENERAL
Suprema Corte:

Viene a V. E. para que sea dicimida, la presente contienda de competencia trabada entre la Justicia Militar y la de Sección de San Luis, por haberse ambas considerado incompetentes para conocer en el proceso instruído a Jorge José Heitzmann, Julio César Lue y Víctor Salafia.

Según se desprende del sumario respectivo los dos

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:28 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-212/pagina-28

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