FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Ds. Aires, 19 de julio de 1948 Y vistos: Los autos caratulados "Balbiani, José S. A. Hacienda y Criadero contra Santa Fe, la Provincia, sobre daños y perjuicios", de euyo estudio resulta:
Que a fs, 17 se presenta D, Luis Juan Firpo, en representación de la actora, propietaria del Establecimiento Santa Catalina, ubicado en el Departamento de San Cristóbal, entablando demanda contra la provincia nombrada por daños y perjuicios que su mandante estima en la suma de $ 63.900,— moneda nacional, Funda la jurisdicción originaria de esta Corte en lo dispuesto en el art. 101 de la Constitución Nacional, por ser la demandada una provincia y el actor una persona jurídica domiciliada en la Capital Federal y motivarse la acción en actos en que aquélla actuó como poder público.
Refiere que la Dirección de Vialidad Provincial, procediendo al arreglo del camino existente entre Monigotes, Moisés Ville y San Cristóbal, levantó su nivel mediante terraplenes que forman un muro de contención de las aguas € impiden la circulación natural de las que caen o corren por el campo de su mandante, de modo que perjudica enormemente al establecimiento de éste por el gran caudal de agua que se estanca durante mucho tiempo después de la cesación de las lluvias, siendo insuficientes las obras de arte existentes para dejar libre y cómodo paso a las aguas. Las circunstancias determinantes de esta situación, son: la importancia de las lluvias que en esa zona alcanzan a unos 700 mm. en los años secos y a unos 1.400-1.500 mm. en los años que no lo son siguiendo generalmente dos años lluviosos a uno seco
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:729
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