DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Ante el Juzgado del Crimen de Jujuy se promovió denuncia contra los diputados provinciales Saturnino Baldomero López, Ramón Toledo y Carlos Velarde por la comisión del delito de desacato, que se habría cometido mediante un telegrama dirigido al Sr. Ministro del Interior, reproducido en el diario "El Intransigente" de Salta, en el que se vierten conceptos lesivos a la dignidad del Gobernador de aquella provincia, con motivo del ejercicio de sus funciones.
A fs. 27 el juez de la causa rechaza la excepción de incompetencia de jurisdicción interpuesta por los acusados, pero esa decisión es revocada a fs. 40 por el Superior Tribunal de Justicia, por considerar que el delito se habría consamado en la Capital Federal, en el momento de la recepción del telegrama por parte de su destinatario, el Sr. Ministro del Interior.
Pasados los autos al juez en lo correecional de la Capital, dicho magistrado declara también su incompetencia, y ante lo resuelto a fs. 40 por el tribunal provincial, ha quedado trabada la presente contienda negativa de competencia, que corresponde dirimir a V. E. de acuerdo a lo que dispone el art. 9? de la ley 4055.
La solución del presente caso no ofrece, a mi juicio, duda alguna. En efecto, se encuentra debidamente acreditado en antos, que el telegrama en cuestión fué redactado, firmado y expedido en la ciudad de Jujuy, y es allí doude el funcionario agraviado tomó conocimiento de su texto mediante el periódico glosado a fs. 2; vale decir, el delito de desacato que se atribuye a los acusados, tuvo comienzos de ejecución y se perfeccionó en
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:157
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