Por estos fundamentos y los de la sentencia apelada se la confirma, con costas.
Tomás D. Casares — FeLire S.
Pérez — Justo L. ALvarez RopríGuez.
MANUEL MEILAN
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.
Compete a la justicia federal el conocimiento de la causa criminal referente a la actuación de un empleado de la Dirección General del Impuesto a los Réditos que, valiéndose de esa condición, percibió de un contribuyente una suma en provecho propio, haciéndolo figurar mediante planillas falsas como exento de obligaciones fiscales. No obsta a ello la cirernstancia de que, descubierto el hecho, la Administración naya cobrado al contribuyente el impuesto correspondiente, ni la circunstancia de que corresponda a la justicia ordinacia intervenir en lo relativo a la defraudación cometida en perjuicio del contribuyente.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, junio 23 de 1947.
Autos y vistos: Considerando :
T. Que según la denuncia de fs. 1, punto b), Oscar Mario Rivas, funcionario del Ministerio de Hacienda de la Nación (Dirección General Impositiva) habría percibido en efectivo y en provecho propio del Sr. Humberto Bártoli la cantidad de $ 1.300, luego de haber presentado a la Dirección General Impositiva formulario del cual resultaba que el nombrado Humberto Bartoli no era contribuyente, hecho que habríase cometido en un domicilio particular,
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:122
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