de la Dirección, adjuntándose el procedimiento s las normas establecidas por la ley.
El art. 27 T. O., no define qué es lo que debe entenderse por sumario administrativo, pero ello surge del objeto que con tal medida se persigue, cual es la de esclarecer los hechos que Ruedas eroiderira came ea infIedas TeNadO Ie la 7 7 inar las correspondientes responsabilidades.
En el presente caso, como en el enso anterior, en lo referente a la omisión del acta, puede deeirse que el sumario a que alede la firma Velenes y Cía. se a prectcdo Meteor ted L buyentes la oportunidad para impugnar y discutir eonla amplitud requerida por las cireunstancias, todas las' cuestiones sobre las que existía disconformidad con la Dirección.
A lo expuesto cabe agregar, que en esta causa y de acuerdo a las constancias que obran en la misma, se ha dado fiel eomplimuenio a le Aepueso pele. arts. 27, 28, 30, 33 y %4 T, O. de la ley 11.683, que se refieren al procedimiento administrativo.
Habiendo manifestado Velasco y Cía., con fecha 11/2141, su disconformidad con las liquidaciones praeticadas por el inspeetor, con fecha 27/7/41 se emplaza a los mismos para que penes nuevas deelaraciones juradas por considerarse que as que obraban en poder de la Dirección, consignaban réditos inferiores a los realmente obtenidos. Respondiendo al emplazamiento antes citado se presentaron los contribuyentes con fecha 5/8/41, alegando que los balances de la sociedad son exactos y que la contabilidad de la misma ha sido llevada con todas las reglas de los sanos principios contables y que no existen diferencias ni en las existencias, ni en las compras, ni en los gastos, ete. Considerando la Dirección que las declaraciones juradas presentadas por los eontribuyentes por los años 1936, 1937 1938 y 1939, contienen cifras inferiores a las reales y que por lo tanto, lo alegado por el eontribarente ee fecha 5/8/41 es inexacto, ya que sus libros no se ha n ajos tados a derecho, desde que se han comprabado, difereniec. es el monto de las exbtenel a; mie de att usados, y que el negocio de ramos generales conforme a los ire atrej remito bite me, os comprobarse inspector actuan acuerdo a estabienido por os ara 07877 9 de 1 lr 108 Te ve estimar de oficio los réditos de la firma Velasco y Cía, en la forma que se detalla a fs. 45 y siguientes del expediente administrativo.
Compartir
74Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1948, CSJN Fallos: 210:119
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-119
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 210 en el número: 119 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos