Juez y el Federal de la Capital de la Nación. — Bs. Aires, abril 22 de 1948. — Carlos G. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 19 de mayo de 1948.
Autos y vistos: Considerando:
Que la existencia del delito cuya investigación se procura mediante el presente sumario presupone, en el mejor de los casos, que hubo entrega errónea por parte del empleado de Correos y Telecomunicaciones de la encomienda dirigida por el remitente a D. Miguel Pérez y recibida por D° María E. Padrón.
Que si dicha circunstancia fuera efectivamente comprobada, la Nación podría resultar responsable con respecto al remitente por las consecuencias del error de referencia.
Que ello determina la competencia de la justicia federal para conocer en la presente causa, atento lo dispuesto en los arts. 3', inc. 3 de la ley 48, y 23, inc. 3 del Código de Procedimientos en lo Criminal y de acuerdo con la jurisprudencia establecida en fallos: 159, 131; 202, 466.
Que los pronunciamientos de esta Corte Suprema citados en el dictamen del Sr. Procurador General, no se oponen a dicha solución, pues en esos casos no mediaba la circunstancia a que se ha hecho referencia precedentemente, En su mérito, declárase que el Sr. Juez Federal de la Capital es el competente para conocer en este suma
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:1126
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