—_———.- FALLOS DE LA CORTE SUPREMA | E 370 . re + a fs. 2147, correspondería abrirlo tan sólo en cuanto Be atañe a denegación del fuero, única cuestión federal" , ña que resulta oportunamente planteada. A tal respecto, doy por reproducido en lo pertinente el dictamen a que acabo de aludir, sin otra salvedad que la ya hecha valer por el H. Consejo: ni siquiera estaba retirado Palacios, cuando cometió algunos de los hechos que se le imputan.
A mérito de cello, corresponde mantener el fallo apelado en cuanto pudo ser recurrible para ante V. E.
— Bs. Aires, julio 25 de 1945. — Juan Alvarez.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 31 de agosto de 1945.
Y vistos: Los recursos de hecho por denegatoria del extraordinario deducidos por los coroneles en retiro José Francisco Suárez y Juan José Palacios, el coronel Emilio A. Daul y el mayor en retiro Fernando A. de Lezica en el juicio que se les sigue ante el Consejo Supremo de Guerra y Marina, por conspiración y proposición para la rebelión.
Considerando:
Que los recurrentes Leziea y Suárez no plantearon cuestión federal alguna, limitándose el primero a advertir la cuestión de competencia que tenía planteada ante el Sr. Juez Federal y lo mismo hizo el segundo en su exposición —fs. 1828, 1867 y 1883—, por lo tanto el recurso extraordinario ha sido bien denegado. Por otra parte el recurso se fundaba en la incompetencia de la justicia militar a cuyo efecto habían deducido la
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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:438
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