petarla significa y abarca el compromiso solemne de mantener sin menoscabo las atribuciones substanciales de ambos poderes dentro de sus órbitas respectivas y eso, que cumplió la anterior revolución, da la pauta segura para mantener intacto, también en ocasión de ésta, el armazón institucional de la República, Que es oportuno recordar aquí el concepto expresado por San Martín en una de sus cartas a Guido, notable por su hondura y sentido filosófico: "para defender ia libertad y sus derechos se necesitan, dice, ciudadanos capaces de sentir el intrínseco y no arbitrario valor que proporciona un gobierno representativo". Es decir, un gobierno con libertad de sufragio, cor división, correlación y armonía de los poderes que lo integran, con publicidad de los actos administrativos y responsabilidad de los funcionarios públicos; ese gobierno es el que organiza el art. 3" de la Constitución, comprendido, por consiguiente, en el juramento de cumplirla prestado el 7 de junio del año 1943 anteriormente recordado.
Que la amplitud de facultades de un gobierno de hecho no puede determinarse con idéntico criterio en cada lugar de la tierra. El genio de los hombres que componen un pueblo, la influencia de la tierra y de la historia, sus antecedentes, costumbres, tradiciones, su concepto de la libertad concretado en el amor a las instituciones del gobierno representativo, prefijan características propias de las cuales sería imprudente prescindir para medir aquellas facultades.
En nuestro país el gobierno surgido de la revolución del 4 de junio de 1943, al igual que el del año 1930, omitió toda declaración en el sentido de prevalerse de los decretos leyes como normas regulares de gobierno.
Es indudable que la revolución del 4 de junio co
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Año: 1945, CSJN Fallos: 201:279
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