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Fallos: 201:262 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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Cód. Civil, comprende no sólo el pago del valor real de la cosa sino también el perjuicio directo que no venga de la privación de su propiedad. De esto se sigue necesariamente que en los juicios de expropiación es esencial el avalúo exacto del bien expropiado, pues de lo contrario le garantía constitucional quedaría seriamente vulnerada, Ei Estado se incautaría de la propiedad particular, impidiendo al dueño que arbitre todos los medios necesarios para justipreciarla, 6" Para este justiprecio considero indispensable la prueba de peritos. No están capacitados los tribunales de justicia para apreciar por sí soles las innumerables cuestiones de índole técnica que pueden suscitarse en estos procedimientos y para cuya dilucidación se requieren conocimientos especiales (art. 161, cód. de proced.). Sin los expertos difícil será, si no imposible, tasar los materiales de un edificio, los muebles adheridos al mismo, la depreciación por fraccionamiento, plantaciones, maquinarias, ete. Lo mismo digo para apreciar "to.

dos los daños, desmerecimientos y erogaciones que eran consecuencia inmediata y directa de la expropiación", como reza el art. 16 del decreto.

7° Aun respecto del valer del terreno, es función de peritos informar a los jueces sobre ciertas modalidades que tienen influencia para determinarlo, como la relación entre frente y fondo, coeficientes de valorización y desvalorización, ubicación y orientación, etcétera.

8? No basta para suplir a la prueba pericial los elementos de juicio indicados en el precepto legal impugnado. Aparte de que muchos de ellos provienen del mismo expropiante y responden 4 finalidades distintas, se trata de antecedentes dienos de tomarse en cuenta pero que no son decisivos ni alcanzan a subsanar las dificultades técnicas a que hice referencia anteriormente, 9" Los defectos, por cierto notorios, de los expertizajes en las expropiaciones, pueden remediarse con una adecuada reglamentación, sin necesidad de eliminar esa prueba que, como dije, es imprescindible. Por otra parte, es justo consignar que en muchas oportunidades los peritos han servido de auxiliares eficaces de la justicia, Tengo a la vista el trabajo sobre avaluacicnes en la calle Corrientes realizado por el ingeniero Valientes Noailles, conformado por un núcleo de profesicnales designados como terceros y que sirvió de pauta en numerosos casos.

Por lo expuesto, voto con la mayoría, salvo en cuanto

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Año: 1945, CSJN Fallos: 201:262 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-201/pagina-262

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