CAUSA XLVII
D. Hipólito Keravenant contra la empresa constructora del ferro-carril de Córdoba á Tucuman, sobre daños y perjuicios.
Sumario. — 1° Los perjuicios ocasionados 4 una propiedad con motivo de espropiacion y de obras de utilidad pública, deben ser estimados por peritos.
2 Los intereses del valor de los perjuicios solo deben com= putarse desde la demanda.
3" Las costas ú cargo esclusivo del espropiante son solo las de actuacion y honorarios de peritos.
Caso. - El caso está esplicado en este Fallo del Juez de Seccion.
Y vistos: estos autos, seguidos de una parte D. Hipólito Keravenant de nacionalidad francesa, y de la otra D. Enrique Guerrero, como representante de la Empresa de ferro-carril de Córdoba á Tucuman, demandando el primero á esta en juicio
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:139
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