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Fallos: 20:101 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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Caso. — En la causa seguida por el Banco Provincial de Santa Fé contra D. Manuel Carles, el apoderado del Banco, despues del término probatorio, presentó dos cartas originales y la cópia de otro documento que juró haber podido recien obtener del Rio Cuarto.

Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Octubre 27 de 1877.

Vistos: estando vencido el término de prueba cuando se ha presentado la nuevamente solicitada por el demandante y referiéndose el artículo 10, inciso 2? de la ley Nacional de Procedimientos, y el 108 de la ley Provincial ú los casos en que se presenten nuevos documentos antes de vencido el término probatorio, y no despues, no ha lugar á la recepcion de la prueba que se solicita; debiendo sin embargo reservarse las cartas que en pliego cerrado se acompañan, por si el Juez en la estacion oportuna tuviese á bien ordenar su reconocimiento, en uso de las facultades propias que le confieren los artículos 16 y 102 de ley Nacional de Procedimientos.

Repóngase.

Fenelon Zuviria.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 23 de 1878.

Vistos: considerando que los documentos de que se trata en este incidente, han sido presentidos por la parte del Banco de Santa Fé conel juramento prescripto por el artículo diez de lu ley de procedimientos: que esos documentos proceden de la parte contraria, y la diligencia pedida respecto de ellos equivale á lu

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:101 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-101

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