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Fallos: 199:670 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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fs. 25 vta. del Sr. Juez Federal, de acuerdo con lo solicitado por el Ministerio Fiscal (fs. 24 vta.), soy de opinión que corresponde dirimir la presente contienda en el sentido que dejo enunciado. — Buenos Aires, setiembre 14 de 1944. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de setiembre de 1944, Autos y vistos: De acuerdo con lo expresado por el Sr. Procurador General de la Nación en el dictamen precedente, atento lo dispuesto por los arts. 117, inc. 2", del Código de Justicia Miitar; 38, inc. 5", de la ley 9675 y los fundamentos de la sentencia dictada por esta Corte en el t. 149, pág. 254 de su colección de fallos, se declara que el conocimiento de esta causa corresponde a la justicia militar, En consecuencia, remítanse estas actuaciones al Sr. Juez de Instrucción Militar llamado a conocer en el incidente de incompetencia planteado por el sub-oficial retirado D. Deolindo Gómez, dejando así contestada la nota dirigida a esta Corte corriente a fs.

37. Hágase saber en la forma de estilo al Sr. Juez Federal.

Roserro RerertO — ANTONIO Sa
GARNA — B. A. Nazar ANCHO-
RENA — TF. Ramos Mesía — T. D. Casares,

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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:670 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-199/pagina-670

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