É — 3". FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
ÉS
Br . MANUEL F. CASTELLO | LEY, r La ley 12.311 tiene carácter federal, JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas E penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales, Compete a la justicia federal conocer en la causa sobre negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funE ciones públicas, imputadas al miembro del Directorio de la Corporación de Transportes de la Ciudad de Buenos Aires que en aquél representaba al Gobierno Nacional.
y o DICTAMEN DEL Procruanor GENERAL Suprema Corte:
En cumplimiento de las funciones que el cargo me impone, mantengo el recurso extraordinario deducido a fs. 32 por el Sr, Fiscal de la Cámara Federal de esta Capital. Su procedencia formal es innegable, puesto que media denegatoria del fuero de excepción; e igualmente innegable aparece la conveniencia de provocar al res pecto un pronunciamiento de V. E., que contribuya a precisar la situación jurídica en que se hallan frente al y Estado los organismos industriales que éste crea, aso ciándose al capital privado con reserva de ciertas facultades directivas.
El Procurador Fiscal ha ofrecido ya en primera instancia (fs. 18-21) suficientes elementos de criterio para sustentar la tesis de que, cuando como en el caso E actual el P, Ejecutivo denuncia a la justicia haber infringido el art. 265 del Código Penal, uno de sus representantes en la Corporación de Transportes de la Ciudad de Buenos Aires, se trata de violaciones punibles cometidas por persona que ejercita funciones de carác
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:385
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