DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Le :
liar de la Fiscalía de Estado— ocurre ante el Juez en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de Santiago del Estero y sobre la base de los antecedentes que resultan del expediente administrativo a que se ha hecho referencia, inicia ejecución contra D. Enrique M.
Compagno, por la suma de $ 82.400 m/n., intereses y costas. A ella concurre Compagno —fs. 8— que citado de remate opone las excepciones —fs. 15— de inhabilidad y falsedad de título; nulidad e inconstitucionalidad, fundada esta última, entre otras razones, en que el procedimiento que se le ha seguido atenta contra la garantía de la inviolabilidad de la defensa en juicio consagrada por el art. 18 de la Constitución Nacional.
La causa se abrió a prueba por cinco días —fs.
44— y fué fallada a fs. 75, rechazando las excepciones opuestas —por ser el título extrínsecamente hábil y auténtico; haberse cumplido los trámites legales en materia de ejecuciones; y no corresponder la consideración de cuestiones constitucionales en juicios de apremio— mandándose llevar adelante la ejecución. Los recursos interpuestos a fs. 80 —entre los cuales figu- ; raba el extraordinario para ante esta Corte— fueron desestimados a fs. 84, por no ser "recurrible la sentencia dictada en autos".
Que sobre la base de estos antecedentes y por lo ñ que respecta a la procedencia del recurso extraordina- $:
rio denegado corresponde establecer: uu Que el monto de la multa aplicada es, en el caso, 3 lo suficientemente elevado como para que la imposi- 3 ción de su pago, aunque fuera susceptible de repetición, e importe el desapoderamiento del ejecutado —conf., a fs. 27, 45 y 46 de la ejecución y fs. 310 del expediente .
administrativo— y produzca por consiguiente, grava- 4 men irreparable —Fallos : 185, 288 y los allí citados—. A 4
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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:83
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