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Fallos: 195:193 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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en su buena fe al aceptar los cargamentos sin conocer lo que contenían los envases; y que la materia prima, o sea el vino que empleaban los Rodríguez lo transportó de noche, a pedido de éstos y le fué entregado unas veces en la bodega de Fernardo Otero, otras de un particular llamado Nieto, domiciliado en el Tropezón, distrito Cañada Seca, como igualmente de la bodega de la Sucesión Alberto Herrero de esta ciudad, sin que en ninguno de los viajes los bodegueros le dieran facturas y los envases tampoco llevaban boletas de control adheridas a las mismas. Seguidamente los empleados de Impuestos Internos hacen .comparecer a los efectos de prestar declaración indagatoria a don Lisandro Rodríguez, quien manifiesta: Que todo lo expresado por Carribero y el contenido de las actuaciones tomadas a éste son absolutamente falsas, por cuanto no fabrica ni vende bebidas alcohólicas y sólo conoce de vista al conductor expresado. A continuación y dadas las contradic ciones existentes entre lo declarado por Lisandro Rodríguez y el conductor Carribero, proceden a un careo entre ambos, negando terminantemente Rodríguez las imputaciones y cargos que se le hacen, alegando ser inocente, sometiéndose a éste a la prueba de repetir los números del contenido de los envases, precio de $ 0,50 y monto total de la operación, la que se efectúa con el mismo lápiz e idéntico papel de formulario y confrontadas las cifras aparecen ser exactamente iguales y dadas a conocer a Rodríguez, éste niega que los números citados sean escritos de su puño - 1etra. Seguidamente Carribero manifiesta que a fin de acreditar su dicho, ofrece como testigo a don Enrique G, Villanueva, el cual le acompañó a sacar la mercadería de la fábrica de alcohdes que posee Alberto Rodríguez en el Distrito Las Paredes y el que le sirvió de acompañante durante el viaje que efectuó hasta El Nevado en General Alvear, a quien se le recibe declaración el 11 de mayo de 1934, manifestando: Que es verdad que él iba juntamente con el conductor Carribero el día en que fué detenido el camión en la vía públiea en El Nevado, teniendo conocimiento exacto de lo referente al fletamiento de la carga, en virtud de que el día 7 de mayo de 1934 se encontraba en el domicilio de Antonio Carribero, por ser pensionista de la casa, cuando llegó Lisandro Rodríguez a buscar a Carribero paran ordenarle un fletamiento a General Alvear y como el conductor citado no se encontraba en su domicilio en esos momentos, esperó hasta que llegara y en su presencia le dijo que deseaba llevar tres bordelesas de vino de la destilería de su hermano Alberto Rodríguez con destino a Pedro Bedmar Paredes a Estación Oeste Norte de General Alvear,

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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:193 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-193

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