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Fallos: 194:242 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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Federal, a quien se remitirán los autos, haciéndose saber en la forma de estilo al señor Juez Letrado del territorio nacional de Formosa.

Roverro Rererro — Astosto Sa
GANA — Luis Lexanes — B.

A. Nazar ANCHORENA — F.
Ramos Mesía.


HONORIO ROTGT y. OLEGARIO V. ANDRADE Y OTROS
JURISDICCIÓN: Principios generales. :

El art. 38 del Código de Procedimientos en lo Criminal es de carñeter federal y tiene por objeto solucionar los conflictos provenientes de la coexistencia de iurisdieciones autónomas en el territorio de la Nación, a euyo efeeto y con el propinito de combatir mejor la delincuencia sin contrariar las garantías constitucionales, establece un orden en el juzgamiento de las distintas causas seguidas simultáneamente contra una misma persona ante los tribunales federales y locales, reconociendo preferencia a los primeros y ordenando la paralización de los procesos seguidos ante los segundos hasta tanto aquéllos dicten sentencia.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad, Leyes nacionales, Procesales.

PRESCRIPCIÓN: Suspensión.

El término de la peión de la aeción no corre mientras la e Pr ante los —— ordinarios se halle paralizada con arreglo a lo dispuesto en el art, 38 del Código de Procedimientos en lo Criminal; razón por la cual debe desestimarse la impugnación de dicho artículo como contrario al derecho de defenderse en juicio asegurado por el art, 18 de la Constitución Nacional, formulada por el querellante en una causa sobre injurias y fundada

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-242

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