Pagano para requerir en la forma que corresponda la desocupacion de sus hornos de quemar.
Cada parte pague sus costas y las comunes por mitad, pudiendo el actuario notificar esta sentencia original fuera de la oficina y repónganse los sellos.
Natanael Morcillo.
Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Diciembre 6 de 1877.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja ochenta y siete ; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
J. D. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ.—
S. M. LASPIUR—0. LEGUIZAMON.
FIN DEL AÑO 1877
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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:478
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