COMPAÑIA SWIFT DE LA PLATA y. NACION
ARGENTINA
PAGO: Pago con protesta, Alcance.
La protesta única ampara a los pagos ulteriores efectuados en concepto del mismo impuesto, cuando en ella se ha manifestado expresamente que se la hacía extensiva a aquéllos.
ADUANA: Operaciones rarias, CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Decretos nacionales, El decreto del Poder Ejecutivo de la Nación de fecha octubre 14 de 1919 es inconstitucional en cuanto aumenta la tarifa de pescantes hidráulicos creada por la ley N" 4932.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, noviembre 14 de 1939.
Y Vistos: Estos autos enratulados, "Cía, Switf de La Plata contra el Gobierno de la Nación sobre repetición", de los que rsulta:
L Que a fs. 10 se presenta la actora por apoderado dedueiendo formal demanda contra el Gobierno de la Nación por devolución de la suma de veintiséis mil doscientos sesenta y un pesos con ochenta y seis centavos moneda nacional $ 26.261,86f.), en mérito de las siguientes consideraciones :
Dice que la suma que reclama proviene de la diferencia abonada indebidamente a la Aduana de La Plata en coneepto de servicios de guinche especificados en las planillas corrientes de fs, 1 a fs. 4. Que en las operaciones de descarga indicados se abonó el servicio prestado por el Estado en razón de cuatro pesos con cuarenta centavos oro sellado ($ 440 0/5.) por día o fracción, de acuerdo al decreto del Poder Ejecutivo del 14 de octubre de 1919. Que posteriormente la Aduana entendió que de diquidarión debía ser a razón de trece pesos con veinte oro sel ($ 13,20 0/4.) y así lo exigió, pago que se efectuó bajo protesta y hechos los reclamos pertinentes se le ha denegado definitivamente la devolución que ahora intenta judicialmente. Sostiene el actor que la exigencia de la Adua
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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:479
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-187/pagina-479
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