ciar los trabajos realizados, y que su conformidad, unida a las demás pruebas existentes en autos, es decisiva a fin de desestimar la defensa de que se trata.
Estas consideraciones son valederas también para el resto de las observaciones formiladas a la lahor desempeñada por la comisión de que formó parte el ingeniero Ballester; y especialmente respecto del cumplimiento del llamado "cometido subsidiario", fs. 20 — funciones consultivas sobre el manejo y conservación de las obras existentes — y en lo referente a la utilidad y practicahilidad de la solución propuesta — fs. 21; Conf., los deeretos arriba mencionados; la pericia de fs. 153, puntos 2, 3", 4, 5", 6", 7, 8, 9" y 10; el dictamen de fs. 106; las declaraciones de fs. 142 — ing.
E. M. Huergo; de fs. 145 — ing, E. Pujals; de fs. 147 — ing. J. Moreno; los documentos de fs. 48, 49, 51, 52, 53, 54, 59, 63 y otros elementos de criterio existentes en antos y que resulta inoficioso especificar en detalle ante los términos del propio alegato de la demandada — fs, 232 — según el cual la obra se construirá en la forma que la proyectara el cuerpo integrado por el actor, No tiene tampoco consistencia la defensa fundada en la inaplicabilidad al caso de lo dispuesto en el art.
1627 del Código civil. Como dijo esta Corte en el caso arriba citado, tratándose de servicios que corresponden característicamente a la profesión y modo de vivir del aetor, su onerosidad es indisentible de acuerdo con lo dispuesto en el texto mencionado — Conf., también Fallos: t. 153, pág. 304. ¿ Se argumenta en el alegato de la demandada — fs.
229 — con lo dispuesto en la ley N" 11.672, invocándose distintas resoluciones del Tribunal, que la interpretan y aplican. Prescindiendo de lo extemporáneo de la
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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:92
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