del mismo año, habiéndose presentado esta demanda el 9 de diciembre, es decir, no solamente después de la iniciación del juicio 17.907, sino con posterioridad a la terminación del llamamiento por edictos referidos. En esas condiciones, resulta evidente, que los actores en el presente juicio carecían de derecho a iniciarlo y que lo que correspondía era que se hubieran presentado en el juicio de expropiación como propietarios de la tierra objeto del mismo. No son válidas a este respecto las razones invocadas sobre deficiencias en la publicación al no indicarse límites o al existir una diferencia entre el área que se pretendía expropiar y la que pretenden poseer los expropiados.
Procediendo con mínima diligencia los actores pudieron perE fectamente individualizar el juicio 17.907 como el referente a su fundo, pues el llamamiento por edictos — que los actores no han alegado desconocer — se hacía, en general, como se ha visto, a todos los pronietarios desconocidos de terrenos ocupados por la Fábrica Militar de Aviones. Uno sólo de esos juicios que los actores hubieran compulsado les hubiera permitido establecer que la fracción D. del plano oficial N° 43 era la que les pertenecía.
6? Que por último, y cualquiera que hayan sido los vicios o defectos de tramitación del citado expediente 17.907, era en él donde los actores del presente debían impugnarlos y hacer valer sus derechos y no iniciar una nueva acción, la cual por las consideraciones expuestas, no puede prosperar.
Juzzando definitivamente, Fallo: Rechazando la presente demanda internuesta por Mariano A. Bertarelli y Blanca López, contra el Gobierno de la Nación, por reivindieación. Con costas, dado el resultado del asunto. — Herrera.
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
á Córdoba, abril 25 de 1939.
Y Vistos: los recursos de nulidad y de apelación interpuestos por el representante del actor, contra la sentencia de fecha 28 de setiembre del año ppdo. corriente a fs. 94 v., dictada por el Sr. Juez Federal de: esta Sección Córdoba, en el juicio iniciado por Mariano Bertarelli y Blanca López contra el Superior Gobierno de la Nación y en que ha resuelto: Rechazar la nresente demanda interpuesta por Mariano Bertarelli y Blanca Lépez. contra el Gobierno de la Nación, por reivindicación. Con costas, dado el resultado del asunto y Considerando: en cuanto a la nulidad;
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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:219
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