Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 185:140 de la CSJN Argentina - Año: 1939

Anterior ... | Siguiente ...


SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL FRANCISCO

CORES LTDA. v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES

FALTA DE ACCION.
IMPUESTOS INTERNOS: Unificación.

Los contribuyentes damnificados po: un impuesto provincial en contravención a lo establecido en la ley nacional N" 12.139, carecen de acción para demandar la nulidad del gravamen fundados en esa circunstancia, sin perjuicio de la que pueda corresponderles para pedir la nulidad del impuesto si fuera contrario a la Constitución Nacional, a las leyes del Congreso o a los tratados con naciones extranjeras,

CORTE SUPREMA,
SURISDICCION: Jurisdicción originaria. :

El acuerdo o el silencio de las partes no puede extender la jurisdicción de la Corte Suprema a los casos no comprendidos en la Constitución Nacional y en las leyes que la reglamentan. :

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionatidad. Constituciones y leyes provinciales. Impuestos a la producción.

El impuesto a los productos agrícolas establecido por la ley N° 4531 de la Provincia de Buenos Aires, no está comprendido entre los que menciona la ley nacional número 12.139.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: .

Procede en este caso la jurisdicción originaria de V. E. por ser una provincia la parte demandada y haberse puesto en tela de juicio la constitucionalidad de la ley local que da motivo al pleito... - : .

Trátase de la N° 4531 de la Provincia de Buenos Aires, promulgada en noviembre de 1936, y de su de

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

94

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1939, CSJN Fallos: 185:140 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-185/pagina-140

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 185 en el número: 140 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos