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Fallos: 181:19 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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FALLO DELA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, junio 3 de 1938, Y vistos: Los del juicio seguido por Mercedes Brun Olivera de Visearret y otras contra el Gobierno Nacional por ilegalidad de decreto sobre pensión como descendientes de guerreros de la Independencia y cobro de pesos; venido al Tribunal por apelación ordi.

naria del Ministerio Fiseal y las actoras contra la sentencia de la Cámara Federal de la Capital que hace luEar, en parte, a la demanda (fs. 30); y Considerando : .

1 Que la ley N° 11.412, de septiembre 27 de 1927, en sa art. 19 establece que "gozarán de una pensión mensual de cien pesos moneda nacional: a) las hijas solteras o viudas descendientes de guerreros de la Independencia"; y el Poder Ejeentivo Nacional, por decreto de octubre de 1929, al reglamentar esa ley, reconocía como título para optar a ese beneficio que el Causante —de acuerdo con la ley N" 1097— haya formado parte de alguno de los ejércitos que combatieron por la Independencia entre el 25 de mayo de 1810 y el 30 de junio de 1825, o que hayan pertenecido a buques de bandera nacional que actuaron en la Guerra de la Independeneia entre esas dos feehas," Que tales estatutos —legal y reglamentario— no comprenden a los guerreros del Brasil. no sólo porque la contienda con este país no fué "Guerra de la Independencia" sino por la posesión y soberanía sobre una sección del Virreynato del Río de la Plata que se había independizado de España; sino porque clla comenzó después del término fijado para comprender

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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:19 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-181/pagina-19

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