ma reclamada, reservándose el derecho de repetirla en juicio ordinario. Como consecuencia, se dictó sentencia de remate en su contra en 8 de abril de 1935, y en junio subsiguiente, Roselli inició demanda contra la Municipalidad, ante la Suprema Corte provincial, por devolución de lo pagado; acción que fué rechazada sin dársele curso, por cuanto el interesado no había presentado previamente su reclamo al Concejo Deliberante municipal. Tal resolución quedó firmo en agosto del mismo año (Ps. 44 a 49, y 57).
Hasta ese momento, Roselli, que es ciudadano argentino (fs. 23 vía), tenía su domicilio en La Plata.
En octubre lo trasladó a la Capital Federal (fs. 61 y 65, concordantes con las declaraciones de fs. 22); y en marzo de 1936, presentó ante el Sr. Juez Federal de La Plata, demanda contra la Municipalidad, por repetición de la suma referida. En primera y segunda instancia se le ha negado el fuero invocándose para ello la cir cunstancia de que hubo prórroga de jurisdicción, primero en el juicio de apremio, y luego al acudir ante la Suprema Corte provincial.
El primer argumento me parece débil, supuesto que Y. E. tiene reiteradamente ndmitida la competencia de los tribunales locales para entender en juicios sobre cobro de impuestos por vía de apremio. No era, entonces, enso de opción por parte de Roselli, y es obvio que a ningún derecho renunció aceptando una jurisdicción improrrogable, Doy por reproducido a tal respeeto, en lo pertinente, mi dictamen de fecha julio 13 ppdo., in re Sánchez Fernández v. Prov. de San Juan, actualmente a estudio de V. E.
El segundo argimento ofrece margen a dudas.
Roselli gestionó ante la Suprema Corte provincial ln repetición de lo pagado; pero hasta ese momento no tenía derecho de acogerse al fuero federal, por la razón
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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:104
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