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Fallos: 180:59 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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sa está confiada por la ley a las personas que las gobiernan y responden con sus bienes particulares, de los errores que cometan en la gestión del patrimonio común.

2? La Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados y Obreros Ferroviarios no es una dependencia de la Administración Nacional, sino un ente autárquico que actúa directamente y con personalidad propia en la defensa de los intereses que le han sido confiados y puede actuar en justicia sin requerir autorización del gobierno, curra de perito negativa de éste y contra el gobierno mismo éste lesiona los legítimos derechos de la institución.

37 La justicia federal es competente" para conocer en la demanda promovida por la Caja Nacional de JubiJaciones y Pensiones de Empleados y Obreros Ferrovia rios contra la Nación por repetición de una suma de dinero pagada con protesta a la Dirección General de Correos y Telégrafos de la Nación, por franqueo de correspondencia cuyo curso postal sostiene que debió ser franco en virtud de lo dispuesto en el art. 49 de la ley N° 12,154.

Juicio: Caja Nacional de Jubilaciones Ferroviarias v. la Nación 5, repetición de sumas pagadas.

Caso: Resulta de las piezas siguientes:


SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL
Buenos Aires, julio 30 de 1937, Vistos y Considerando:

1 Esta Cámara en el caso de Frigorífico Anglo contra Ja Junta Nacional de Carnes, decidido con fecha 26 de junio de 1935, dejó establecido que esa Junta, eomo las universidades, —— Obras Sanitarias de la Nación, Ferrocarriles del Estado, ete., tienen todos los enracteres esenciales y distintivos de las organizaciones administrativas llamadas en doctrina y en jurispru- :

dencia antarquías institucionales; y esto "significa decir que tienen suficiente personalidad jurídica para administrarse a sí mismas, dentro de los límites de la ley respectiva, ejercien

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:59 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-59

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