CAUSA Il D. Pedro L. hamayo, contra D. Juan D. Maradona, incidente sobre competencia.
Sumario.— El fuero de un pleito entre mandante y mandatario, surge de la vecindad de las partes; y siendo estos de distintas provincias corresponde á la jurisdiccion federal.
Caso.—D. Juan de Leon en representacion de D. Pedro L. NRamayo, empresario de las Mensajerías Iniciadoras, demandó ante el Juez Federal en San Juan, á D, Juan de Dios Maradona, agente en aquella ciudad la suma de 171 $ 29 cs. bolivianos. saldo de las cuentas de la empresa en el mes de Marzo de 1876.
Convocados á juicio verbal, Maradona declinó jurisdiccion diciendo que aun cuando Hamayo era vecino de otra Provincia, el crédito que se le cobra no procedia de negocios hechos en el domicilio del demandante ni con él sinó de la Agencia de San Juan que tenia su domicilio en la Provincia, que por consiguiente del orígen de la deuda no surtia el fuero nacional sinó el provincial.
Corrido traslado D. Luis Cavillotti por Ramayo contestó
Compartir
50Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1876, CSJN Fallos: 18:367
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-18/pagina-367
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 18 en el número: 367 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos