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Fallos: 173:389 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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fueron renovadas hasta el momento en que, por falta de pago, se trató de hacerlas efectivas, primero administrativamente y por vía judicial después, De manera pues, que es a partir desde la fecha del vencimiento de las letras que hay que contar el término de diez años para comprobar si ese plazo estaba vencido, cuando se entabló la presente demanda.

Según consta de autos, el escrito de demanda lleva cargo de 24 de Septiembre de 1931. Las fechas de vencimiento de las cincuenta y ocho letras, varian de la que va de Diciembre 7 de 1921 a Julio 10 de 1922, Queda demostrado con ello que a la fecha de la interposición de la demanda, aun no habían transcurrido los diez años para que se opere la preseripción.

Para interrumpir la prescripción no es necesario que la demanda sea notificada, basta la sola presentación, aún en el caso en que ella fuera iniciada ante Juez incompetente y aunque sea nula por defecto de forma, etc. (art. 3986 Cód. Civil); de todo ello resulta improcedente la defensa de prescripción opuesta y así se declara.

Sexto: Desestimada la defensa de prescripción, cabe considerar si de acuerdo a los antecedentes y prohanzas de autos, la Sociedad "Fábricas Sud Americanas de Aceites S. A.", está 0 no obligada a ahonar los derechos de importación por las maquinarias y materiales empleados en la fábrica construida en Cerana y si las letras firmadas para afianzar esos derechos deben ser canceladas, de acuerdo a lo que establece el art. 4? de la ley número 11.281.

la referida disposición establece que las solicitudes pendientes de resolución (en la época en que fué sancionada) en el H. Congreso sobre liberación de derechos y que tengan firmadas letras en caución de los mismos, quedaban comprendidas en las franquicias acordadas en ella.

La sociedad demandada había solicitado oportunamente la exención de derechos y su gestión estaha en trámite cuando se dictó la ley N" 11,281,

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:389 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-389

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