262 U. S. 522; 285 U. S. 262) ; y asi, la industria minera en la República está considerada en general, como de interés y explotación particular pues aunque se adquieren las minas por concesión, se sustituyó—por la reforma de 1917, ley 10.273—el amparo por trabajo por el simple pago del canon, pero las aplicaciones industriales del petrúlco, determinaron una modificación substancial en la posición del Estado respecto de las minas de .
esa clase (conf. fallo de esta Corte en los casos Kinkelin y Compañía Industrial y Comercial de Petróleo contra Gobierno Nacional, de fechas Abril 16 y Septiembre 12 de 1934). El Congreso de la Nación, al dictar las leyes Nros. 11.226 de "contralor «del comercio de carnes"; 11.228 sobre "venta de ganado bovino al peso vivo"; y 11.747 creando la "Junta Nacional de Care5", ha estimado que eso ha ocurrido con el negocio de compra de ganados o industrialización de las carnes, elc.; su apreciación no es revisible por los tribunales de justicia, porque son los legisladores los que están más en inmediato contacto con la realidad nacional y es su función inspirarse en ella para dar al país las normas que, dentro de la esfera constitucional, regulen su vida. Por lo demás, si la Argentina es, aún hoy, un país de economia eminentemente agricola y ganadera; si sus industrias transformadoras trabajun principalmente sobre los productos de sas industrias y si el tráfico interno y el comercio de exportación operan fundamentalmente sobre productos inmediatos o transformados de origen agropecuario, no se puede poner en duda la razonabilidad de la caracterización hecha por el Congreso.
La Corte Suprema de los Estados Unidos en el fallo del caso "Stafford v. Wallace", 285, U, 5, 495 que citan de consuno los recurrentes y el representante del Gobierno—fs, 252 y 293 Via.—, expresó el mismo pensamiento, en un asunto similar en los siguientes términos: "La ley trata a los diversos corrales del país como grandes empresas de utilidad pública para promover la corriente del comercio en las estancias. Ella presume «ue ejercen un negocio afectado a un uso público de carácter macional. De que constituye un negocio dentro del poder de re
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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:361
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