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Fallos: 171:234 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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dusivamente al elemento de conservación, humedad que influye directamente en el peso de la misma. Es por esa razón que la tolerancia no alcanza a los productos que se importen en las condiciones del articulado, y no a aquellas en que debido al envase que tienen, la humedad no influye en su peso.

Por ello se confirma la sentencia de fs. 41, en cuanto ha podido ser materia de recurso. Notifíquese y devuélvanse al tribunal de su procedencia, donde se repondrá el pepel, Romero REPETrO. — ANTONIO SaGARNA, — JULIÁN V. Prra. — Les LINARES, Don Benjamin Lizarraga contra don Isidro Garro y otra, por cobro de pesos; sobre embargo de sueldo, Sumario: La disposición del artículo 14 de la ley de Montepío Civil de la Provincia de Tucumán, que establece la inembargabilidad de los sueldos menores de doscientos pesos, contraría lo que preceptúa la ley número 9511, ampliatoria del Código Civil, que por tener ese carácter, merece preferente aplicación por parte de los tribunales provinciales.

CArtículo 18, Constitución Nacional), Caso: Lo explican los piezas siguientes:


AUTO DEL JUEZ DE PAZ DE. LA 2 SECCIÓN
Tucumán, Febreco 26 de 1934.

Autos y Vistos:

Lo solicitado a fís. 19 por don Benjamin Lizarraga en el juicio que sigue contra Isidro Garro y Mercedes Monteros de

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-234

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