— LD
A | FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
— Cas0.—D. Vicente Casares ú Hijos por sí y en represenSa tacion de D. H. A. Green, agentes del vapor «Olbers», se presentaron al Juzgado Federal en Buenos Aires, espo3 niendo: Que por el indicado vapor habian venido mercaRe derias á la consignacion de Ernesto Ingersen, cuyos Metesse lesadondaba, Que como procedian 4 la descarga ——. deesas mercaderias, y deseaban conservar el privilegio y establecido por el artículo 185 del Códiyo de Comercio, f pedian se librase oficio á la Administracion de Rentas + Nacionales ú efecto de que no despachara sin su conA sentimiento esas mercaderías.
É El Juez proveyó de conformidad, bajo la responsabia lidad de los agentes, 5 D. Cárlos Ingersen, con poder de D. Ernesto Ingersen, t se presentó esponiendo: que le habia sorprendido la órden o del Juzgado; que protestando los perjuicios de la detenE cion, puesto que estaban pagos los fletes del vapor, cuyas acciones se invocaban, por las que hacian valer la repre sentácion del agente señor Green, presentaba para evitar E mayores perjuicios un recibo de depúsito judicial por 84 ! $ fis, 35 cts, para que permanecieran depositados hasta " que se recibieran de las mercaderías, siendo la suma el y importe del lanchage.
Y Pidió se librase oficio para la entrega de las mercaderias E prévia conformidad del contrario.
y Notificado Casares ¿ Hijos dijeron que no tenian nada + que manifestar, mas en seguida presentaron escrito dicieny do que no tenian inconveniente en que se despacharan +4 las mercaderías desde que el importe de los fletes adenda dosestaban garantidos con el depósito hecho.
U : El Juez mandó levantar el embargo.
En este estado Ingersen se presentó esponiendo: que Li era falso que debiese fletes del vapor «Olbers= á los seño
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1875, CSJN Fallos: 17:480
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-480¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 17 en el número: 480 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
