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Fallos: 17:339 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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DE JUSTICIA NACIONAL 230 a Ríos, con otras escepciones la invalidez de la declaratoria, ——— por ser emanada de Juez incompetente, se dictó el siguiente A Fallo de la Suprema Corte. Ñ Buenos Aires, Abril 27 de 1876, A Resultando de lo espuesto por el apoderado de los demandantes en diversos escritos, especialmente 4 fojas sesenta y cinco y ochenta y dos, que Don Francisco Diaz y Ferrer murió en la Provincia de Entre-lios donde residia; —— y que allí se abrió la sucesion y se formó el espediente ° testamentario siendo Albacea Don Esteban Barter: no emanando, por lo tanto, de Juez competente la declarato- — ria de herederos de que instruye el testimonio presen tado y que obra de fojas ciento seisá ciento diez, y no — pudiendo surtir por esta razon los efectos que se pretende; no ha lugar úá lo solicitado por Don Juan Arigós, y prévio — pago de costas por el inismo, archívese. ;
SALVADOR M. DEL CARRIL, - JOSÉ BARROS R
PaZos.—d, Mi. NUROSTIAUA.—J. DOS MINGUEZ,—5. M. LASPIUR. a 1

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:339 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-339

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