106 0 FALLOS DE LA BUPREMA COMTE O e les, cuando menos en cantidad bastante á cubrirel crédito — E reclamado. e Despues de un informe de la Adnana en que espresa que :
habia concluido la descarga del buque y que la permanen"cia de los mármoles en la Aduana era dispendioso por -su mucho volúmen, y á mérito de una nota del actuario ha- y $ ciendo constar que se habia presentado D, Estevan BorsoE DE reclamando esos mármoles como propietario, el Juzgado dictó auto de solvendo contra Borsone por el valor de los fletes y lanchaje.
Notificado Borsone pidió revocatoria ó apelacion de este auto. Dijo: que esos mármoles habian venido ála consig.
nacion de Bernardo Delfino y C°; que cuando éstos quebraron, el esponente se habia presentado ante el Juzgado de Comercio revindicando esos mármoles, como de propiedad de su señor pudre. Que declarado así y librado oficio á la Aduana para que se le entregaran, el Administrador de Rentas manifestó que no reconocia mas propietario que á Delfino y C° que eran sus deudores, por cuyo motivo el es-—° ponente había tenido que recurrir ante el Juzgado de Seceion, estando todavia el punto sin resolverse, Que si por mandato del Juez se le entregan las mercaderías, no tendrá inconveniente en abonar los lletes y lanchaje, pero que si se declaraba que la Aduana tenía derecho para retenerlos como propiedad de Delfino y C°, no habia razon para que el esponente abonara los fletes.
Confesándose por el esponente que los mármoles habian sido declarados como de pertenencia y que por lo tanto estaba obligado á pagar el flete, el Juzgado no hizo lugar á lo solicitado.
Vencido el término del auto de solvendo, Dagnino pidió se vendiese en público remate la cantidad de mármoles necesaria á cubrir la deuda con intereses y costas, nombran
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:106
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