ES De la sentencia anterior, apeló D. Gustavo Meurer por O Descamps; Pousset et fils, y Sampietro; aquel en cuanto al ES fondo, y este, parque el Juez de Seccion no habia conde- —, nado en costas y en-la indemnizacion de daños y perjuicios ke á Bonnemasson y Heidecker, y á Descamps Ponsset et fils.
É Faile de la Suprema Corte, Lo Buenos Aires, Diciembre 2 de 1875.
: Vistos: Por las razones espuestas en los primeros consie «derandos de la sentencia apelada: y resultando que la parte Es de Sampietro consintió la resolucion de foja cinco vuelta, —.
en que se le mandaron entregarlos efectos que reclamaba, e sin acordarle indemnización por daños y perjuicios; que $ posteriormente fué la aduana la que opuso resistencia úá la e entrega de dichas mercaderias, por no presentar los reclaE mantes el correspondiente conocimiento segun lo espone e la misma parte en el escrito e foja siete; que la falta de o ese doenmento indispensable, que los reclamantes no han N esplicao satisfactorinmente, ha sido la causa de las difienitades suscitadas; y que, ni aun despues de lo proveido por la Corte en la resolucion de foja sesenta y cuatro vuel ta han hecho los interesados gestion alguna para evitar el daño que los efectos pudieran sufrir por el trascurso del tiempo, se confirma dicha sentencia, salva las acciones que Sampietro cree tener contra sus mandatarios, Descunps y Ponusset el fils.—Satisfechas las costas y repuestos los sellos devuélvanse.
SALVADOR M, DEF. CARRIL, — Jost Barros Pazos.—J. 5. GOROSTIA» i GA.—J, DOMINGUEZ,
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:104
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